MINI TERMINALES DE TRANSPORTE TERRESTRE EN ECUADOR Y NIVELES DE SERVICIO
La Agencia Nacional de Transito (ANT), presento la resolucion # 001-DIR-2014-ANT en donde resuelve "Reformar el reglamento de transporte público interprovincial de pasajeros" con fecha 06 de enero de 2014.
Se resuelve :
NIVELES DE SERVICIO
SERVICIO AAA
SERVICIO AA
SERVICIO A
MINI TERMINALES DE TRANSPORTE TERRESTRE
Con esto, se extiende el plazo hasta el 30 de junio de 2014, para que todas las empresas de transporte terrestre que dispongan de estaciones de transferencia de embarque y desembarque (mini terminales), utilice a partir de esta fecha únicamente como oficinas administrativas.
Todas las cooperativas deberán utilizar el respectivo terminal de transporte en la ciudad que disponga del mismo.
Así mismo se especifica claramente las normativas para cumplir con el servicio de transporte de pasajeros AAA y AA donde todas las unidades deben ser motor posterior.
Esperemos que todos los cambios realizados por los entes del transporte, sean basados para el mejoramiento del mismo.
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